La Constitución también es una
ley, aunque es la ley suprema.
El actual Estado acoge la ley
dándole absoluto protagonismo: todas las administraciones públicas, jueces y
particulares deben estar acorde a ésta. Así es el Estado de Derecho.
El Estado de Derecho es un Estado
soberano, parlamentario (considera el Parlamento como un órgano central,
omnipresente y omnipotente, aunque es un método engañoso que quiere representar
a una mayoría cuando solo representa a unos pocos), que con la división de
poderes monopoliza el Derecho (teniéndolo en voz del Parlamento con la ley), es
un Estado legalista (la ley es una norma indiscutible por encima de todo) y
también es un Estado que protege los derechos individuales de la libertad a
través de la propia autolimitación del ejercicio de la soberanía.
Eso sí, el cumplimiento de todo
el Estado de Derecho no es posible:
- A veces los juristas tienen sus propios métodos
- Imposibilidad de conocer todas las leyes
- Leyes a veces mal hechas
- Un Parlamento que no satisface las necesidades vigentes se vuelve muy lento
- La función del Parlamento a veces no se puede llevar a cabo por el constante enfrentamiento entre los partidos políticos.
Al observar la ineficiencia del
poder legislativo surgen problemas, como lo es la crisis de confianza hacia
éste por parte de la colectividad. Entonces, la función de los jueces es cada
vez más relevante, la práctica al ser espontánea resuelve las cuestiones de ese
momento, al contrario que lo parlamentario, resurge la ciencia jurídica.
El autor comenta un caso italiano
que no explicaré ya que tiene que ver con la teoría ya comentada.
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