Como la definición de Observancia
es de relevancia y puede o haberse acabado de comprender, Paolo Grossi vuelve a
incidir en el tema, intentando mostrar el significado del concepto a partir de,
como dice el título, de una comparación entre el Derecho y el lenguaje.
El Derecho y el lenguaje, aunque
no lo parezca, tienen diversas similitudes. Para empezar, la sociabilidad de
ambas; ni uno ni el otro existirían si no hubiese personas o si solo hubiese
una sin contacto. Otro hecho parecido es su uso como instrumento de ordenar la
dimensión social de la persona: el lenguaje permite una comunicación eficiente
entre sujetos y el Derecho facilita una convivencia duradera y pacífica de los
seres humanos. Incluso un aspecto similar en ambos ámbitos es el hecho que la
observancia y su parte de la aceptación (convicción de acatar una regla por los
valores implicados) se superponen a la
obediencia (aceptación completamente pasiva de la regla); en el libro se
ilustra muy bien con un ejemplo.
En alguna ocasión hay alguna
sanción (medida hecha con la finalidad de asegurar la observancia o castigar la
no observancia), pese a que no es característico del Derecho y que solo aparece
en hipotéticos casos donde se produzca la inobservancia
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